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Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal

Rubro

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Periodicidad de actualización

Última actualización realizada

El Artículo 3º de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, establece que la información generada, administrada o en posesión de todos los Entes públicos del Distrito Federal que ejerzan gasto público, se considera un bien de dominio público accesible a cualquier persona. Esta sección promueve tu derecho de acceso a la información pública: Te da a conocer los temas, documentos y políticas que este Ente se obliga a publicar de conformidad con la Ley.

Dirección General del Instituto del Deporte
Dirección de Promoción y Desarrollo del Deporte

Dirección de Alto Rendimiento

Dirección de Planeación y Deporte internacional

Dirección de Administración

Dirección de Seguimiento y Comunicación Social
 

Subdirección Jurídica
Anual.

Se publicará la información dentro de los 40 días naturales posteriores a la conclusión del ejercicio.  
30/junio/2009 

Artículo 13.- Todo Ente Público del Distrito Federal deberá publicar al inicio de cada año un listado de la información que detentan, por rubros generales, especificando el ejercicio al que corresponde, medios de difusión y los lugares en donde se pondrá a disposición de los interesados, a excepción de la información reservada o clasificada como confidencial en términos de esta Ley.

Listado de Información que detenta el IDDF
 

 

Subdirección Jurídica 

 

Anual.

Se publicará la información dentro de los 40 días naturales posteriores a la conclusión del ejercicio.  

30/junio/2009 

Artículo 14 Fracción I - Al inicio de cada año, los entes públicos deberán publicar y mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de Internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
El marco normativo aplicable al Ente Público, en la que deberán incluirse la Gaceta Oficial, leyes, reglamentos, reglas de procedimiento, manuales administrativos, políticas emitidas aplicables al ámbito de su competencia;

Subdirección Jurídica 

Trimestral.

Se publicará la información dentro de los 40 días naturales posteriores a la conclusión del trimestre respectivo. 

30/junio/2009 

Artículo 14 Fracción II Su estructura orgánica en un formato que permita vincular por cada eslabón, la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden de conformidad con las disposiciones aplicables;

 

Dirección de Administración en el Instituto del Deporte del Distrito Federal

Trimestral.

Se publicará la información dentro de los 40 días naturales posteriores a la conclusión del trimestre respectivo. 

30/junio/2009 

Artículo 14, fracción III.    La relativa a sus funciones más relevantes que deberán incluir los indicadores de gestión;

 

 

Dirección General del Instituto del Deporte

Dirección de Promoción y Desarrollo del Deporte

Dirección de Alto Rendimiento

Dirección de Planeación y Deporte internacional

Dirección de Administración

Dirección de Seguimiento y Comunicación Social


Subdirección Jurídica

Trimestral.

Se publicará la información dentro de los 40 días naturales posteriores a la conclusión del trimestre respectivo. 

30/junio/2009 

Artículo 14, fracción IV.    El directorio de servidores públicos, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente hasta el titular del Ente Público, con nombre, fotografía, domicilio oficial, número telefónico oficial y en su caso dirección electrónica oficial.

 

 

Dirección General del Instituto del Deporte
 
Dirección de Promoción y Desarrollo del Deporte

Dirección de Alto Rendimiento

Dirección de Planeación y Deporte internacional

Dirección de Administración

Dirección de Seguimiento y Comunicación Social Subdirección Jurídica

Trimestral.

Se publicará la información dentro de los 40 días naturales posteriores a la conclusión del trimestre respectivo. 

05/marzo/2010 

Artículo 14, fracción V.   El perfil de los puestos de los servidores públicos y el curriculum de quienes ocupan estos puestos;
 

 

 

Dirección General del Instituto del Deporte

Dirección de Promoción y Desarrollo del Deporte

Dirección de Alto Rendimiento

Dirección de Planeación y Deporte internacional

Dirección de Administración

Dirección de Seguimiento y Comunicación Social
 

Subdirección Jurídica

Trimestral.

Se publicará la información dentro de los 40 días naturales posteriores a la conclusión del trimestre respectivo. 

 

Artículo 14, fracción VI.    

Remuneración mensual bruta y neta de todos los servidores públicos por sueldos o por honorarios, incluyendo todas las percepciones, prestaciones y sistemas de compensación;

Dirección de Administración en el Instituto del Deporte del Distrito Federal

Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal 

Trimestral.

Se publicará la información dentro de los 40 días naturales posteriores a la conclusión del trimestre respectivo. 

 

Artículo 14, fracción VII.    Una lista con el importe por concepto de viáticos, gastos de representación y alimentación, donde se vinculen estos gastos mensuales al servidor público que los ejecuto con motivo de su encargo o comisión;

 

 

Dirección de Administración en el Instituto del Deporte del Distrito Federal

Trimestral.

Se publicará la información dentro de los 40 días naturales posteriores a la conclusión del trimestre respectivo. 

30/enero/2009 

Artículo 14, fracción VIII.    La relación de sus bienes y el monto a que ascienden los mismo, siempre que su valor sea superior a trescientos cincuenta veces el salario mínimo vigente del Distrito Federal; Bienes muebles 

 

 

 

Dirección de Administración en el Instituto del Deporte del Distrito Federal

Dirección de promoción y desarrollo del Deporte

Anual.

Se publicará la información dentro de los 40 días naturales posteriores a la conclusión del ejercicio. 

09/Feb/2009 

 

Artículo 14, fracción IX. La fracción aparece vacía en la publicación de la Gaceta Oficial.

 

 

   

Artículo 14, fracción X.    Para los últimos tres ejercicios fiscales, la relativa al presupuesto asignado en lo general y por programas, así como los informes trimestrales sobre su ejecución.

Esta información incluirá:

a) Los ingresos recibidos por cualquier concepto, incluidos los donativos, señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos;

El Director de Administración Lic. Saúl Esparza Castillo es el responsable de administrar los recursos financieros del Instituto del Deporte del Distrito Federal.
 
b) Los montos designados a gastos relativos a Comunicación Social;
No se cuenta con presupuesto en este rubro

c) El presupuesto de egresos y método para su estimación, incluida toda la información relativa a los tratamientos fiscales diferenciados o preferenciales;
No aplica. La Secretaría de Finanzas es la encargada de elaborar el presupuesto de egresos
 
Decreto de Presupuesto de Egresos 2009

El Método para la estimación del Presupuesto de Egresos se realiza conforme al “Manual de Programación y Presupuestación para la formulación del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos”, que anualmente da a conocer la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Finanzas.


d) Las bases de calculo de los ingresos;

e) Los informes de cuenta pública;

Informe de cuenta pública 2008

f) Aplicación de fondos auxiliares especiales y el origen de los ingresos;

El Instituto del Deporte del Distrito Federal a la fecha no ha recibido fondos auxiliares especiales.

g) Estados financieros y balances generales, cuando así proceda;
Informe de Estados Financieros y Presupuestarios 2009


Informe de Estados Financieros y Presupuestarios 2008

Dirección de Administración en el Instituto del Deporte del Distrito Federal

 ANUAL/Trimestral.

Se publicará la información dentro de los 40 días naturales posteriores a la conclusión del trimestre respectivo. 

30/junio/2009 

Artículo 14, fracción XI.    La calendarización de las reuniones públicas de los diversos consejos, órganos colegiados, gabinetes, sesiones plenarias, comisiones y sesiones de trabajo a que se convoquen. Se deberán difundir las correspondientes minutas o actas de dichas reuniones y sesiones; Calendario de Sesiones Ordinarias del Comité de Transparencia.

 

 

Dirección General del Instituto del Deporte
 
Dirección de Promoción y Desarrollo del Deporte

Dirección de Alto Rendimiento

Dirección de Planeación y Deporte internacional

Dirección de Administración

Dirección de Seguimiento y Comunicación Social

Subdirección Jurídica

 

Trimestral.

Se publicará la información dentro de los 40 días naturales posteriores a la conclusión del trimestre respectivo. 

30/junio/2009 

Artículo 14, fracción XII.    Nombre, domicilio oficial y dirección electrónica, de los servidores públicos encargados del Comité de Transparencia y de la Oficina de Información Pública;

 

 

Dirección de Administración en el Instituto del Deporte del Distrito Federal y Encargado de la Oficina de Información Pública 

Trimestral.

Se publicará la información dentro de los 40 días naturales posteriores a la conclusión del trimestre respectivo. 

07/Jul/2009 

Artículo 14, fracción XIII.    Los instrumentos archivísticos y documentales, de conformidad con lo establecido en las disposiciones jurídicas aplicables;

 

 

Dirección de Administración en el Instituto del Deporte del Distrito Federal

Anual.

Se publicará la información dentro de los 40 días naturales posteriores a la conclusión del ejercicio anterior. 

06/Jul/2009 

Artículo 14, fracción XIV.    La relativa a sus actividades especificas más relevantes.

 

 

Dirección General del Instituto del Deporte
Dirección de Promoción y Desarrollo del Deporte

Dirección de Alto Rendimiento

Dirección de Planeación y Deporte internacional

Dirección de Administración

Dirección de Seguimiento y Comunicación Social

Subdirección Jurídica  

Anual.

Se publicará la información dentro de los 40 días naturales posteriores a la conclusión del ejercicio anterior. 

30/junio/2009 

Artículo 14, fracción XV.    Con respecto a las auditorias y revisiones, un informe que contenga lo siguiente:
a) Los resultados de todo tipo de auditorias concluidas, hechas al ejercicio presupuestal de cada uno de los Entes Públicos.

b) El número y tipo de auditorias a realizar en el ejercicio presupuestario respectivo, así como el órgano que lo realizó;

c) Número total de observaciones determinadas en los resultados de auditoria por cada rubro sujeto a revisión y las sanciones o medidas correctivas impuestas;

d) Respecto del seguimiento de los resultados de auditorias, el total de las aclaraciones efectuadas por el Ente Público.

No Aplica Instituto del Deporte del Distrito Federal.

     

Artículo 14, fracción XVI
Los dictámenes de cuenta pública así como los estados financieros y demás información que los órganos de fiscalización superior utilizan para emitir dichos dictámenes;
No Aplica Instituto del Deporte del Distrito Federal.

 

 

   

Artículo 14, fracción XVII.    

Respecto de los convenios y contratos celebrados por el ente público, un listado que relacione el número de contrato, su fecha de celebración, el nombre o razón social del proveedor, objeto, el monto del valor total de la contratación, el plazo de ejecución, los mecanismos de vigilancia y de supervisión, incluyendo en su caso, estudios de impacto urbano e impacto urbano ambiental

Control de Contratos 2009

Control de Contratos 2008

Control de Contratos 2007

Control de Contratos 2006

Control de Contratos 2005

Control de Contratos 2004

Dirección de Administración en el Instituto del Deporte

Trimestral.

Se publicará la información dentro de los 40 días naturales posteriores a la conclusión del trimestre respectivo. 

24/Abr/2009 

Artículo 14, fracción XVIIIRespecto de las concesiones, licencias, permisos y autorizaciones, se deberá publicar su objeto, el nombre o razón social del titular, vigencia, el tipo, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos. No Aplica Instituto del Deporte del Distrito Federal

 

 

 

 

   

Artículo 14, fracción XIX.    Los informes que debe rendir el Ente Público, la unidad responsable de los mismos, el fundamento legal que obliga a su generación, así como su calendario de publicación.

 

 

Dirección General del Instituto del Deporte
 
Dirección de Promoción y Desarrollo del Deporte

Dirección de Alto Rendimiento

Dirección de Planeación y Deporte internacional

Dirección de Administración

Dirección de Seguimiento y Comunicación Social

Subdirección Jurídica

Trimestral.

Se publicará la información dentro de los 40 días naturales posteriores a la conclusión del trimestre respectivo. 

09/Jul/2009 

Artículo 14, fracción XX.    

Los servicios y programas que ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, así como los trámites tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a  los mismos;
  • Programas de Apoyo
  • Trámites (No aplica Instituto del Deporte del Distrito Federal)
  • Servicios (No aplica Instituto del Deporte del Distrito Federal)

 

 

Dirección General del Instituto del Deporte
 
Dirección de Promoción y Desarrollo del Deporte

Dirección de Alto Rendimiento

Dirección de Planeación y Deporte internacional

Dirección de Administración

Dirección de Seguimiento y Comunicación Social

Subdirección Jurídica

Trimestral.

Se publicará la información dentro de los 40 días naturales posteriores a la conclusión del trimestre respectivo. 

24/Abr/2009 

Artículo 14, fracción XXI. 

Sobre los programas de apoyo o subsidio deberá difundirse el diseño, ejecución, montos asignados y criterios de acceso, así como los padrones de las personas beneficiadas;

Dirección de Promoción y Desarrollo del Deporte

   

Artículo 14, fracción XXII.    

Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas a quienes, por cualquier motivo, se les entregue o permita usar recursos públicos. Así mismo cuando la normatividad interna lo establezca, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos;

Apoyo económico a deportistas, enero-septiembre 2008

Apoyo económico a deportistas, enero-septiembre 2007

Apoyo económico a deportistas, enero-mayo 2006

Apoyo económico a deportistas, junio 2006

Apoyo económico a deportistas, julio 2006

Apoyo económico a deportistas, agosto 2006

 

 

Dirección de Administración en el Instituto del Deporte del Distrito Federal  

"Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos.

 Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal, será sancionadode acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”

 Artículo 38.- LEY DE DESARROLLO SOCIAL PARA ELDISTRITO FEDERAL

 PADRON DE BENEFICIARIOS   Deberàn contener lo establecido los datos establecidos  Conforme al

Artículo 34 Frac. II.-  LEY DE DESARROLLO SOCIAL PARA ELDISTRITO FEDERAL

II. Publicar en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, a más tardar el 31 de marzo del año de ejercicio y en un solo formato, los padrones con nombres, edad, sexo, unidad territorial y delegación de los beneficiarios de los programas sociales. Dichos padrones deberán ser entregados en el mismo plazo a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en medio electrónico e impreso;

Trimestral.

Se publicará la información dentro de los 40 días naturales posteriores a la conclusión del trimestre respectivo. 

18/Jun/2009 

Artículo 14, fracción XXIIILa relacionada con los programas y centros destinados a la práctica de actividad física, el ejercicio y el deporte, incluyendo sus direcciones, horarios y modalidades.

 

     

Artículo 14, fracción XXIV.    

  1. Los programas operativos anuales y/o de trabajo de cada uno de los Entes Públicos;

    Programa Operativo Anual 2009

    Programa Operativo Anual 2007

    Programa Operativo Anual 2006

    Programa Operativo Anual 2005

    Programa Operativo Anual 2004

Dirección General del Instituto del Deporte
 

Dirección de Administración del Instituto del Deporte

Anual.

Se publicará la información dentro de los 40 días naturales posteriores a la conclusión del ejercicio anterior. 

05/Feb/2009 

 Artículo 14, fracción XXV.    

Informe de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero;

 

Dirección de Administración del Instituto del Deporte

 

Trimestral.

Se publicará la información dentro de los 40 días naturales posteriores a la conclusión del trimestre respectivo. 

 

24/Abr/2009 

Artículo 14, fracción XXVI.    Los dictamenes de cuenta pública así como los estados financierosy demás información que los órganos de fiscalización superior utilizan para emitir dichos dictamenes; No Aplica Instituto del Deporte del Distrito Federal.

 

 

Dirección de Administración del Instituto del Deporte

Anual.

A más tardar el último día hábil del mes de junio 

22/Jun/2009 

Artículo 14, fracción XXVII.    

Cuenta Pública;

 

Dirección de Administración del Instituto del Deporte

Trimestral.

Se publicará la información dentro de los 40 días naturales posteriores a la conclusión del trimestre respectivo. 

14/May/2009 

Artículo 15, fracción I.  Estadísticas e índices delictivos, así como los indicadores de la procuración de justicia.

 

 

No aplica. El Instituto del Deporte no genera, administra o detenta información al respecto.

Para consultar la información que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal tiene sobre este rubro haga click aquí.

 

   

Artículo 15, fracción II. En materia de averiguaciones previas: estadísticas sobre el número de averiguaciones previas que fueron desestimadas, en cuántas se ejerció acción penal, en cuántas se decretó el no ejercicio y cuántas se archivaron, además de las órdenes de aprehensión, presentación y cateo.

No aplica. El Instituto del Deporte no genera, administra o detenta información al respecto.

Para consultar la información que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal tiene sobre este rubro haga click aquí.

 

   

 Artículo 15, fracción III. Las cantidades recibidas por concepto de multas y el destino al que se aplicaron.

No aplica. El Instituto del Deporte no genera, administra o detenta información al respecto.

Para consultar la información que la Secretaría de Finanzas tiene sobre este rubro haga click aquí.

   

Artículo 15, fracción IV. Los reglamentos de las leyes expedidos en ejercicio de sus atribuciones.

 No aplica. De acuerdo a lo establecido en el artículo 35, fracciones IV y XIV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, esta obligación es atribución de la Consejería Jurídica y Servicios Legales.

Para consultar la información que la Consejería Jurídica y Servicios Legales tiene sobre este rubro haga click aquí.

   

Artículo 15, fracción V. El listado de expropiaciones, que contenga al menos, fecha de expropiación, domicilio y utilidad pública.

No aplica. De acuerdo a lo establecido en el artículo 35, fracción XVII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal esta obligación es atribución de la Consejería Jurídica y Servicios Legales.

Para consultar la información que la Consejería Jurídica y Servicios Legales tiene sobre este rubro haga click aquí.

   

Artículo 15, fracción VI. Los listados de las personas que han recibido exenciones, condonaciones de impuestos locales, o regímenes especiales en materia tributaria local, cuidando no revelar información confidencial, salvo que los mismos se encuentren relacionados al cumplimiento de los requisitos establecidos para la obtención de los mismos.

 No aplica. De acuerdo a lo establecido en el artículo 30, fracción IV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal esta obligación es atribución de la Secretaría de Finanzas

Para consultar la información que la Secretaría de Finanzas tiene sobre este rubro haga click aquí.

   

Artículo 15, fracción VII. El listado de patentes de notarios otorgadas, en términos de la Ley respectiva.

No aplica. De acuerdo a lo establecido en el artículo 35, fracción XVI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal esta obligación es atribución de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales

Para consultar la información que la Consejería Jurídica y Servicios Legales tiene sobre este rubro haga click aquí.

 

   

Artículo 15, fracción VIII.    Los convenios de coordinación con la Federación, Estados y Municipios y de concertación con los sectores social y privado.

Dirección General de Instituto del Deporte

Dirección de Administración del Instituto del Deporte

Subdirección Jurídica

 

Trimestral.

Se publicará la información dentro de los 40 días naturales posteriores a la conclusión del trimestre respectivo. 

08/May/2009 

Artículo 15, fracción IX.   El Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, vinculado con los programas operativos anuales y los respectivos indicadores de gestión que permitan conocer las metas, por unidad responsable, así como los avances físico y financiero, para cada una de las metas. Sobre los indicadores de gestión se deberá difundir, además, el método de evaluación con una justificación de los resultados obtenidos y el monto de los recursos públicos asignados para su cumplimiento;

 

Dirección General del Instituto del Deporte

Dirección de Administración

Dirección de Seguimiento y Comunicación Social

Anual.

Se publicará la información dentro de los 40 días naturales posteriores a la conclusión del ejercicio anterior. 

03/Feb/2009 

Artículo 15, fracción X.    La información que sea de utilidad o resulte relevante para el conocimiento y evaluación de las funciones y políticas públicas.

 

 

Dirección General del Instituto del Deporte
Dirección de Promoción y Desarrollo del Deporte

Dirección de Alto Rendimiento

Dirección de Planeación y Deporte internacional

Dirección de Administración

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Subdirección Jurídica

Trimestral.

Se publicará la información dentro de los 40 días naturales posteriores a la conclusión del trimestre respectivo. 

07/Jul/2009 

Artículo 29. Con el objeto de verificar que la información pública que recibe cualquier persona es la versión más actualizada, el Ente Público deberá difundir, dentro del primer mes de cada año, un calendario de actualización, por cada contenido de información y el área responsable. En caso de que no exista una norma que ya instruya la actualización de algún contenido, éste deberá actualizarse al menos cada tres meses. En todos los casos se deberá indicar la fecha de la última actualización por cada rubro a los que se refieren este Capítulo.

 

 

Dirección de Administración y Encargado  de la Oficina de Información Pública 

Anual.

Se publicará la información dentro de los 30 días naturales posteriores a la conclusión del ejercicio anterior. 

05/ene/2009